Revisión I.B.I.

Actualmente uno de los impuestos más generalizado es el Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I.), este año ha entrado en vigor el R.D. 20638 del 31/12/11, donde se introduce las siguientes subidas de este impuesto:

  • 10% con revisión catastral anterior al año 2002.
  • 6% con revisión catastral entre año 2002 y 2004.
  • 4% con revisión catastral entre 2008 y 2011.

Gabinete Técnico L & D, dentro de los servicios que ofrecemos, recomendamos realizar:

  • Levantamiento topográfico de parcelas para verificar las superficies de los terrenos.
  • Levantamiento de planos de edificios, para verificar las superficies construidas de los edificios.

A fin de comprobar posibles diferencias de superficies con la información del Catastro.

Su asesor fiscal, efectuaría la reclamación a la Dirección General del Catastro, previo cálculo aproximado de la diferencia a favor del cliente. Hay que tener en consideración que estos datos de superficie servirían para todos los años sucesivos del impuesto, enfocado principalmente a los siguientes inmuebles:

  • Solares, naves industriales, locales, empresas y grandes superficies, etc.
  • Propiedades verticales, hoteles, edificios de viviendas y apartamentos, etc.

Efectuaríamos un presupuesto personalizado y ajustado, según las características del solar y/o inmueble, adaptándonos a sus necesidades.